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Nacionalidad española

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La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a una persona con un Estado, en este caso el Español. Existen dos formas de adquirir la nacionalidad española:

  • Por atribución de la nacionalidad: filiación y nacimiento en territorio español.
  • Por concesión de la nacionalidad: mediante una declaración de opción, residencia, posesión y utilización continuada, por carta de naturaleza. Éstos serán españoles no originarios, salvo lo previsto para nietos y exiliados de la guerra, de la reciente Ley 52/2007 (Disposición Adicional 7ª).

Un menor que nace en España de padres de distintas nacionalidades (no españoles), ¿qué nacionalidad tendrá?

Soy nieto de un español que se vino a vivir a Argentina muy joven, ¿puede haber perdido la nacionalidad española, y por tanto que yo no entre en lo previsto por la Disposición Adicional 7ª?

¿Cuántos años de residencia legal tengo que tener para poder adquirir la nacionalidad española?

Si adquiero la nacionalidad española, ¿debo renunciar a mi nacionalidad originaria?

¿Cómo respondo a éstas y a otras preguntas?

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