La adhesión a España a las Comunidades Europeas en el año 1986, hizo necesario dictar el Real Decreto 1099/1986, de 26 de mayo, sobre entrada, permanencia y trabajo en España de ciudadanos de los Estados miembros de las Comunidades Europeas, en el que se regulaban las formalidades administrativas para el ejercicio de los derechos de entrada y permanencia en España por parte de los ciudadanos de sus Estados miembros para la realización de actividades por cuenta ajena o por cuenta propia o para prestar o recibir servicios al amparo de lo establecido en el Tratado de la Comunidad Económica Europea.
Posteriormente, el Consejo de las Comunidades Europeas adoptó el Reglamento (CEE) 2194/1991, de 25 de junio, relativo al período transitorio aplicable a la libre circulación de los trabajadores entre España y Portugal y los restantes Estados miembros y tres Directivas relativas al derecho de residencia tanto de trabajadores como de estudiantes. Esto motivó que se dictase el Real Decreto 766/1992, de 26 de junio, sobre entrada y permanencia en España de nacionales de Estados miembros de las Comunidades Europeas, modificado en 1995 y 1997.
Se hizo necesario suprimir la necesidad de tarjeta de residencia en determinados supuestos, lo cual se acordó en Marsella, el 28 de julio de 2000, entre los Ministros de Interior de Francia, Alemania, Italia y España. Los supuestos contemplaban como beneficiarios del derecho a residir con carácter permanente, a estudiantes y familiares de ciudadanos miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Todo esto fue plasmado en un texto aprobado el 14 de febrero de 2003, Real Decreto 178/2003, sobre entrada y permanencia en España de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados Parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Posteriormente y mediante un acto legislativo único, se reunificó la normativa existente en la materia a través de la Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros por la que se modifica toda la normativa existente en la materia.
El Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, transpone la Directiva 2004/38/CE.
La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en su redacción dada por las Leyes Orgánicas 8/2000, 11/2003 y 14/2003, es de aplicación a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de este Real Decreto, en aquellos aspectos que pudieran serles más favorables.
¿Cuáles son los requisitos para poder reagrupar a un familiar de un residente comunitario?
Si nos trasladamos con mi pareja (ciudadano/a de la Unión Europea) a vivir a un país distinto de donde nació mi pareja, ¿hay que hacer algún trámite?
¿Cuáles son los derechos que tiene un ciudadano europeo cuando va a trabajar a otros Estados miembros dentro del Mercado Único, incluidos empresarios y autónomos?
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